Dos juzgados de Marbella anulan cláusulas de hipotecas con un índice diferente al euríbor, y condenan por falta de transparencia a las entidades que aplicaron el IRPH Cajas a volver a calcular las cuotas y devolver lo cobrado indebidamente.
Los referidos juzgados acaban de dictar sendas sentencias que anulan contratos hipotecarios que incluyeron para el cálculo de los intereses un índice de referencia diferente al euríbor. Se trata del IRPH (acrónimo de Índice de Referencia de Préstamos Hipotecarios) Cajas, un sistema que se calculaba en función de la media del coste de las hipotecas que concedían las cajas. Al tratarse de un índice que incluía otros conceptos además del coste del dinero, daba lugar a cuotas más altas que las que emanaban de la aplicación del euríbor.
En ambas sentencias, los juzgados consideran que los clientes que optaron por esta modalidad no fueron debidamente informados de lo que estaban contratando y de sus consecuencias, por lo que condenaron a las entidades por falta de transparencia.
En la primera de las sentencias, dictada el 20 de enero de 2017, por el Juzgado de Primera Instancia número 1 de Marbella contra el Banco Mare Nostrum, el juez rechaza el argumento esgrimido por la entidad bancaria en el sentido de que la firma de la hipoteca bajo esas condiciones había sido producto de un negociación entre ambas partes, y sostiene no se ha probado que existiera una negociación individual con la demandante. Mare Nostrum deberá volver a calcular las cuotas del préstamo -que también tenía cláusula suelo, igualmente anulada- y devolver los intereses cobrados de más, de manera retroactiva en el caso de la cláusula suelo.
La segunda sentencia, más reciente, fue dictada por el Juzgado de Primera Instancia número 7 de Marbella y también considera que la clienta, no fue debidamente informada de las características del préstamo. En la entidad, en este caso Caixabank, «no se le explicó cómo funcionaba y tampoco se le ofrecieron otras opciones como el Euríbor», señala la sentencia. También sostiene que en la firma de la escritura, el notario procedió a su lectura sin que se le hicieran advertencias expresas. La demandante aseguró en el juicio que si le hubiesen explicado en el banco que había otros índices de referencia más baratos, habría elegido otro.
Si su hipoteca esta referenciada a este índice (IRPH), no dude en consultarnos, estamos a su disposición.