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Los inmuebles constituyen un activo importante, que pueden rentabilizarse mediante el arrendamiento. Es importante tener claro los diferentes tipos de arrendamientos que existen, ya que cada uno se rige bajo una normativa, pero principalmente por las estipulaciones incluidas por las partes en el contrato firmado por ambas, y como bien es sabido lo dispuesto en los contratos, tiene fuerza de ley entre las partes contratantes.
01.
Arrendamiento para uso de vivienda
02.
Arrendamientos para uso distinto de vivienda
El cual engloba a los arrendamientos para uso distinto de vivienda, y arrendamientos de local de negocio.
03.
Arrendamientos para uso de vivienda, cuya superficie exceda de 300 metro cuadrados, o la renta inicial, en cómputo anual exceda en 5. 5 el salario mínimo interprofesional
Los cuales, según el Art, 4.2 de la Ley 29/1994, de 24 de noviembre de Arrendamientos Urbanos, se regirán por la voluntad de las partes, en lo no previsto por estas se regirán por las normas del Título II de la referida Ley, y supletoriamente será de aplicación el Código Civil.
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Abogados Especialistas en Arrendamiento
Por todo ello el contrato de arrendamiento debe ser redactado y revisado por abogado especialista en arrendamientos, para evitar futuros problemas y quebraderos de cabeza que pueden surgir en el desenvolvimiento de la relación arrendaticia, debiendo evitarse en todo caso cláusulas complejas, que se presten a diversas interpretaciones, y puedan ser fuente de conflicto en algún momento